¿Qué debo de contabilizar al momento de realizar la Declaración Anual Impuesto a la Renta?

En el siguiente video comentamos sobre la vinculación entre el registro contable y la elaboración de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta. Debemos de precisar las diferencias entre el Cierre y la elaboración de la Declaración Anual.

Pulse aqui si desea visualizar el Video

Talleres Virtuales
Docente: CPC Dionicio Canahua

Modalidad CAMPUS VIRTUAL

Taller Virtual Aplicación NIC 12 (Óptica Tributaria, NIIF y Plan Contable) Informes Click Aqui

Taller Virtual HERRAMIENTAS virtuales para el EMPRENDEDOR CONTABLE
Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Instalación y USO del Sistema Contable SISCONT (Versión SMART 2020)Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Aplicación de la Dinámica con el Plan Contable General Empresarial (Modificado 2019) Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Contabilidad de COSTOS (Enfoque Plan Contable, NIIF y Tributario)Informes Click Aqui

Modalidad VIDEOCONFERENCIA

Taller Virtual Tributario IGLESIAS y SOCIEDADES RELIGIOSAS EVANGELICASInformes Click Aqui

Taller Virtual Tributario en AGENCIAS DE VIAJE y Establecimiento de HOSPEDAJE
Informes Click Aqui

Seminario Virtual: CREACIÓN, Organización y GESTIÓN exitosa de ESTUDIOS CONTABLESInformes Click Aqui

Taller Virtual Elaboración del Estado De FLUJO DE EFECTIVO y Hojas de Trabajo (Método Directo e Indirecto)Informes Click Aqui

Desde mañana los principales contribuyentes deberán presentar declaración de rentas 2019

Luego de un aplazamiento de tres meses, medida comprende a empresas que tuvieron ingresos de hasta 21 millones de soles el año pasado.

Luego de una prórroga de tres meses debido a la emergencia nacional ante la pandemia del covid-19, los principales contribuyentes (Pricos) que durante el año pasado tuvieron ingresos anuales de hasta S/ 21 millones (5 mil UIT), deberán presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 desde mañana 24 de junio al 9 de julio próximo, de acuerdo con el último dígito de su número de RUC.

Así, la presentación de la Declaración Anual de Renta 2019 para los PRICOS (unos 15 mil contribuyentes, de los cuales tienen pendiente presentar su declaración cerca de 10 mil) será de acuerdo con el último dígito de su RUC, teniendo en cuenta además las fechas máximas del cronograma aprobado por la Sunat.

La declaración se realiza vía Internet, a través de SUNAT Operaciones en Línea – SOL, seleccionando la opción “Declara Renta Anual 2019 (disponible en http://www.sunat.gob.pe) y utilizando el Formulario Virtual N° 710.

El pago del impuesto correspondiente también puede ser realizado desde el mismo portal de SUNAT, y aquellos PRICOS que lo requieran pueden acogerse al fraccionamiento para pagar el Impuesto a la Renta correspondiente en varias cuotas.

MiPymes y personas naturales.

Para los demás contribuyentes, con ingresos en el 2019 menores a 5000 UIT (empresas y personas naturales), la fecha de vencimientos de la declaración y pago del Impuesto a la Renta del ejercicio 2019 será del 21 de julio al 7 de agosto teniendo en cuenta su último dígito del RUC.

Para estos contribuyentes la prórroga para regularizar el Impuesto a la Renta 2019 se amplió a cuatro meses.

La Sunat ha asumido el compromiso de brindarle la asistencia necesaria para que los contribuyentes puedan cumplir, oportuna y correctamente con sus obligaciones tributarias. Para cualquier consulta adicional puede comunicarse a la Central de Consultas, 315-0730, o recibir atención a través de nuestros canales virtuales.

Aplazamiento

El periodo de vencimiento de la declaración anual estaba inicialmente previsto entre el 25 de marzo al 8 de abril pasado, pero fue aplazado con la finalidad de dar mayor liquidez al 99.7% de los contribuyentes para afrontar el impacto económico de la cuarentena.

En esa línea también se aplazaron las declaraciones mensuales y se dictaron diversas medidas de alivio tributario, que implicaron un gran esfuerzo del Estado en términos de una menor recaudación, razón por la cual cumplir las obligaciones tributarias en esta etapa es fundamental para la recaudación del país.

Fuente: Diario El PEruano

Talleres Virtuales
Docente: CPC Dionicio Canahua

Modalidad VIDEOCONFERENCIA

Seminario Virtual: CREACIÓN, Organización y GESTIÓN exitosa de ESTUDIOS CONTABLESInformes Click Aqui

Taller Virtual Elaboración del Estado De FLUJO DE EFECTIVO y Hojas de Trabajo (Método Directo e Indirecto)Informes Click Aqui

Taller Virtual: Régimen Tributario en Empresas CONSTRUCTORAS
Informes Click Aqui

Taller Virtual Tributario para ONG y Asociaciones sin Fines de LucroInformes Click Aqui

Taller Virtual Cierre CONTABLE 2019 y Cambio del PLAN ContableInformes Click Aqui

Modalidad CAMPUS VIRTUAL

Taller Virtual Aplicación NIC 12 (Óptica Tributaria, NIIF y Plan Contable) Informes Click Aqui

Taller Virtual HERRAMIENTAS virtuales para el EMPRENDEDOR CONTABLE
Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Elaboración de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 (Formulario Virtual 710)Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Instalación y USO del Sistema Contable SISCONT (Versión SMART 2020)Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Aplicación de la Dinámica con el Plan Contable General Empresarial (Modificado 2019) Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Contabilidad de COSTOS (Enfoque Plan Contable, NIIF y Tributario)Informes Click Aqui

TALLER VIRTUAL ¿Cómo Registrar Correctamente sus Operaciones con LIBROS ELECTRÓNICOS con el PLE 5.1.5.0?Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Elaboración de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 (Formulario Virtual 710)

1) Objetivos.-

El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Completa Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen General
El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Simplificada Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen MYPE Tributario

2) Temario

• Formas de Declaración según la Resolución 271-2019 SUNAT para Rentas de Tercera Categoría
• Obligados a Utilizar la Versión Simplificada del Formulario Virtual 710
• Obligados a Utilizar la Versión Completa del Formulario Virtual 710
• Situaciones para el uso del PDT 710
• Obligatoriedad del Uso del Balance de Comprobación
• Cronograma de Vencimiento Declaración Anual
• Configuración e Instalación del Formulario Virtual 710
• Consideraciones para la RECTIFICATORIA de Impuesto a la Renta e Impuesto Temporal a los Activos Netos
• Aplicación Práctica de la Ley 28194 Art 9) Inciso g) ITF a regularizar por exceder del Límite del 15% sin medios de pago
• Implicancias en la Selección del Régimen de Renta
• Consideraciones sobre la elaboración del Balance de Comprobación
• Llenado de información en el caso de UN CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL SIN CONTABILIDAD INDPENDIENTE (operador y participe)
• Consideraciones en una Entidad que esta EXONERADA del Impuesto a la Renta
• Consideraciones en una Entidad que esta INAFECTA al Impuesto a la Renta
• Consideraciones en la Información vinculada a Donaciones realizadas por la Entidad
• Ingreso de Información asociada a Beneficios Tributarios
• Consideraciones en la Reorganización de Sociedades
• Consideraciones para el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) ¿Costo o gasto? ¿Aplicación posterior? Limites Normativos
• Implicancias en el Llenado del “Resumen de Estados Financieros” bajo Normas y Principios Contables
• Análisis de las casillas 361,362,364,365,367,380,381,382,383,404,405,407 y 408
• Consideraciones en el Estado de Resultados bajo NORMAS CONTABLES
• Clasificación de las Ventas según su fuente en la casilla 461
• Determinación del Costo de Existencias y Costo de Producción en la casilla 464
• Llenado de las casillas 473,475,476 y 477
• Determinación de la Participación de los Trabajadores y su incidencia en la declaración anual
• Determinación del Gasto o Ingreso por Impuesto a la Renta en la casilla 490
• Adiciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Deducciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Aplicaciones de Arrastre de Pérdidas Tributarias bajo el Método A) y B)
• Determinación del Saldo a regularizar a Favor del Fisco o Contribuyente
• Aspectos a determinar en Información complementaria

3) Docente
CPCC Dionicio Canahua.-

Contador Público Colegiado. Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT . Expositor Invitado por Thomson Reuters – PERU Caballero Bustamante en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Libros Electrónicos. Docente Invitado a distintos Colegios de Contadores Públicos del Perú.

4) Calendario
Inicio: Martes 9 de Junio del 2020
Finalización:Lunes 15 de Junio del 2020

5) Metodología

El Taller esta desarrollado en formato de Video (no es Video Conferencia). Un video por cada punto del Temario. Durante el desarrollo del taller podra visualizar los videos en el campus las veces que desee.

La resolución de interrogantes se desarrollaran en dos modalidades. El participante elige la que desea : Modalidad 1) Preguntas y Respuestas grabadas en formato de Video. Modalidad 2) Sesión por Video Conferencia con Google MEET. Al momento de la inscripción le comunicaremos el medio de envio de preguntas y la fecha y horario para la sesión de videoconferencia.

Al inicio del curso le haremos entrega de la contraseña que le permita acceder al campus para poder llevar el Taller Virtual. El participante tendra acceso al campus durante el desarrollo del taller, de acuerdo a su disponibilidad de tiempo..

6) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 150 soles.(No Incluye IGV). Dicho pago le dará derecho a:

Material en Formato Virtual
Certificado de Participación Virtual

El pago lo debe hacer con Deposito en cuenta.

BCP soles
193 – 98680252-0-20
Titular: Dionicio Canahua Huaman
CCI 002-19319868025202014

Cuenta Ahorros Scotiabank 039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular :Dionicio Canahua Huaman

Tambien contamos con YAPE, LUKITA y PLIN

Sirvase solicitar el detalle de la cuenta al correo: perugestion@gmail.com o al Whatsapp: 958 672 735

7) Informes
eventos@perugestion.org
CEL : 992 632 853
WHATSAPP: 958 672 735

……………………………………
Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.
……………………………………..

Cronograma de presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local

Estimado(a) contribuyente :

Recuerde que, si usted se encuentra dentro del ámbito de aplicación de los precios de transferencia, sus obligaciones relacionadas a la Declaración Jurada Informativa Reporte Local se encuentran próximos a vencer de la siguiente manera:

  • Contribuyentes con ingresos > a 5000 UIT en el ejercicio 2019, deberán declarar de acuerdo al vencimiento original de las obligaciones tributarias del mes de mayo 2020.

  • Contribuyentes con ingresos < = a 5000 UIT en el ejercicio 2019, el vencimiento para presentar la referida declaración ha sido postergado de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 075-2020/SUNAT que modificó el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia 065-2020/SUNAT como sigue:
Mayo 2020
Último Dígito del RUC012 y 34 y 56 y78 y 9Buenos Contribuyentes (todos los dígitos)
Fecha14 de julio de 202015 de julio de 202016 de julio de 202017 de julio de 202020 de julio de 202021 de julio de 202022 de julio de 2020

Fuente: Orientación Tributaria SUNAT

Talleres Virtuales
Docente: CPC Dionicio Canahua
Nuevos Grupos TODOS LOS MARTES

Taller VIRTUAL Elaboración de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 (Formulario Virtual 710)Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Instalación y USO del Sistema Contable SISCONT (Versión SMART 2020)Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Aplicación de la Dinámica con el Plan Contable General Empresarial (Modificado 2019) Informes Click Aqui

Taller VIRTUAL Contabilidad de COSTOS (Enfoque Plan Contable, NIIF y Tributario)Informes Click Aqui

TALLER VIRTUAL ¿Cómo Registrar Correctamente sus Operaciones con LIBROS ELECTRÓNICOS con el PLE 5.1.5.0?Informes Click Aqui

Modifican cronograma de vencimientos para la declaración jurada anual del Imp. a la Renta y del ITF (hasta 5000 UIT)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 061-2020/SUNAT
MODIFICAN CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

Lima, 24 de marzo de 2020

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 79 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de esta ley deberán presentar declaración jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los plazos que determine la SUNAT;

Que de otro lado, el artículo 9 del Reglamento de la Ley N.º 28194, aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2004-EF, dispone que la presentación de la declaración y el pago del impuesto a las transacciones financieras (ITF) a que se refiere el inciso g) del artículo 9 del TUO de la Ley N.º 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por Decreto Supremo N.º 150-2007-EF, se efectúe conjuntamente con la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta;

Que el segundo párrafo del artículo 17 del TUO de la Ley N.º 28194 establece que la declaración y pago del impuesto a las transacciones financieras antes señalado se realizará en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT;

Que, en uso de tales facultades, mediante Resolución de Superintendencia N.º 271-2019/SUNAT se aprobaron disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del ITF;

Que el segundo párrafo de la sétima disposición complementaria final de la referida resolución, incorporado por la Resolución de Superintendencia N.º 054-2020/SUNAT, establece el cronograma para presentar la declaración en mención, correspondiente al ejercicio gravable 2019, para los deudores tributarios que en dicho ejercicio hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2 300 (dos mil trescientas) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y, de corresponder, efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF;

Que si bien el artículo 29 del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 133-2013-EF, señala diversos plazos para el pago de tributos, también faculta a la administración tributaria a prorrogar, con carácter general, el plazo para el pago de la deuda tributaria;

Que la Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del Coronavirus (COVID – 19) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;

Que mediante Decreto Supremo N.º 008-2020-SA se ha declarado la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de 90 días calendario, por la existencia del COVID – 19, a fin de reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo para la salud y la vida de los pobladores y adoptar acciones para la prevención y control para evitar la propagación del referido virus;

Que, posteriormente, a través del Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM se ha declarado el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, disponiéndose un aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID – 19;

Que en ese marco y atendiendo al impacto que la situación señalada en los considerandos anteriores podría acarrear en los sujetos que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5 000 (cinco mil) UIT, se considera pertinente prorrogar de manera excepcional el plazo para presentar la declaración jurada anual y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF, correspondiente a dicho ejercicio, ello a fin de que tales sujetos puedan contar con los recursos necesarios para afrontar los efectos de tal situación;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta impracticable toda vez que el plazo para la presentación de la declaración y pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF inicia el próximo 25 de marzo;

Al amparo del artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 17 del TUO de la Ley N.º 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía; el artículo 9 del Reglamento de la Ley N.º 28194; el artículo 6 del Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.º 32-95-EF; el artículo 29 del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 133-2013-EF; los numerales 1.4 de los incisos s) y s.1) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 6 del Reglamento de la Ley N.º 30498, Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales; el inciso d) del párrafo 5.3 del artículo 5 de las normas reglamentarias de la Ley N.º 30479, Ley de Mecenazgo Deportivo; el artículo 11 del Decreto Legislativo N.º 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley N.º 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.º 122-2014/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo Único. Modificación del cronograma de vencimientos

Modifícase el segundo párrafo de la sétima disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N.º 271-2019/SUNAT y normas modificatorias, en los siguientes términos:

“SÉTIMA. Plazo para presentar la Declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, correspondiente al ejercicio gravable 2019

(…)

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5 000 (cinco mil) UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, deben presentar la Declaración y, de corresponder, efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:

ÚLTIMO DÍGITO

DEL RUC Y OTROS

FECHA DE

VENCIMIENTO

0

24 de junio de 2020

1

25 de junio de 2020

2

26 de junio de 2020

3

30 de junio de 2020

4

1 de julio de 2020

5

2 de julio de 2020

6

3 de julio de 2020

7

6 de julio de 2020

8

7 de julio de 2020

9

8 de julio de 2020

Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC

9 de julio de 2020

Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, se considera la UIT correspondiente al ejercicio 2019.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única. Vigencia

La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO

Superintendente Nacional (e)

1865139-1

Estado de emergencia: prorrogan plazo para la presentación de la declaración jurada anual del IR 2019

Medida propicia reducir impacto en la población y atender posibles efectos en los ingresos de las mypes.

El Gobierno prorrogó por tres meses el plazo para presentar la declaración jurada anual 2019 y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y el impuesto a las transacciones financieras (ITF).

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 054-2020-Sunat, la medida beneficiará a las personas naturales y mipyme (personas jurídicas con ingresos en el año 2019 menores a S/ 9’660,000).

El objetivo es reducir el impacto negativo del covid-19 en la población, así como atender posibles efectos en los niveles de ingresos de las medianas y pequeñas empresas.

Accede al cronograma en el siguiente enlace:
https://bit.ly/CronogramaProrroga

Modifican cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras

Resolución de Superintendencia N° 054-2020/SUNAT

Lima, 12 de marzo de 2020

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 271-2019/SUNAT se aprueban disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras (ITF);

Que la sétima disposición complementaria final de la referida resolución establece el cronograma para presentar la declaración en mención y, de corresponder, efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF, por el ejercicio gravable 2019;

Que según el artículo 79 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 179-2004-EF, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de esta ley deberán presentar declaración jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los plazos que determine la SUNAT;

Que de otro lado, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 28194, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2004-EF, dispone que la presentación de la declaración y el pago del ITF a que se refiere el inciso g) del artículo 9 del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, aprobado por Decreto Supremo Nº 150-2007-EF, se efectúe conjuntamente con la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta;

Que el segundo párrafo del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 28194 dispone que la declaración y pago del ITF antes señalado se realizará en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT;

Que si bien el artículo 29 del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, señala diversos plazos para el pago de tributos, también faculta a la administración tributaria a prorrogar, con carácter general, el plazo para el pago de la deuda tributaria;

Que la Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del Coronavirus (COVID – 19) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;

Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se ha declarado la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de 90 días calendario, por la existencia del COVID-19, a fin de reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo para la salud y la vida de los pobladores y adoptar acciones para la prevención y control para evitar la propagación del referido virus;

Que en ese marco y atendiendo al impacto que la situación señalada en los considerandos anteriores podría acarrear en el nivel de los ingresos de las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas, se considera pertinente prorrogar de manera excepcional el plazo para presentar la declaración jurada anual y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF, ello a fin de que tales sujetos puedan contar con los recursos necesarios para afrontar los efectos de tal situación;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta impracticable toda vez que el plazo para la presentación de la declaración y pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF inicia el próximo 25 de marzo;

Al amparo del artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 17 del TUO de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía; el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 28194; el artículo 6 del Reglamento de la Garantía de Estabilidad Tributaria y de las Normas Tributarias de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 32-95-EF; el artículo 29 del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; los numerales 1.4 de los incisos s) y s.1) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30498, Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales; el inciso d) del párrafo 5.3 del artículo 5 de las normas reglamentarias de la Ley Nº 30479, Ley de Mecenazgo Deportivo; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT;

Pulse aqui para Descargar el Texto Completo de la Resolución

Taller Práctico: Elaboración del Formulario Virtual 710 Renta Anual (Reg. General y Reg. MYPE TRIBUTARIO)

1) Objetivos del Taller.-

  • El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Completa Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen General
  • El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Simplificada Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen MYPE Tributario

2) Temario

• Formas de Declaración según la Resolución 271-2019 SUNAT para Rentas de Tercera Categoría
• Obligados a Utilizar la Versión Simplificada del Formulario Virtual 710
• Obligados a Utilizar la Versión Completa del Formulario Virtual 710
• Situaciones para el uso del PDT 710
• Obligatoriedad del Uso del Balance de Comprobación
• Fechas de puesta de disposición de los Formularios Virtuales y PDT
• Cronograma de Vencimiento Declaración Anual
• Configuración e Instalación del Formulario Virtual 710
• Consideraciones para la RECTIFICATORIA de Impuesto a la Renta e Impuesto Temporal a los Activos Netos
• Aplicación Práctica de la Ley 28194 Art 9) Inciso g) ITF a regularizar por exceder del Límite del 15% sin medios de pago
• Implicancias en la Selección del Régimen de Renta
• Consideraciones sobre la elaboración del Balance de Comprobación
• Llenado de información en el caso de UN CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL SIN CONTABILIDAD INDPENDIENTE (operador y participe)
• Consideraciones en una Entidad que esta EXONERADA del Impuesto a la Renta
• Consideraciones en una Entidad que esta INAFECTA al Impuesto a la Renta
• Consideraciones en la Información vinculada a Donaciones realizadas por la Entidad
• Ingreso de Información asociada a Beneficios Tributarios
• Consideraciones en la Reorganización de Sociedades
• Consideraciones para el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) ¿Costo o gasto? ¿Aplicación posterior? Limites Normativos
• Implicancias en el Llenado del “Resumen de Estados Financieros” bajo Normas y Principios Contables
• Llenado del Estado de Situación Financiera bajo NORMAS CONTABLES – Reglas de Reclasificación
• Análisis de las casillas 361,362,364,365,367,380,381,382,383,404,405,407 y 408
• Llenado del Estado de Resultados bajo NORMAS CONTABLES
• Clasificación de las Ventas según su fuente en la casilla 461
• Determinación del Costo de Existencias y Costo de Producción en la casilla 464
• Llenado de las casillas 473,475,476 y 477
• Determinación de la Participación de los Trabajadores y su incidencia en la declaración anual
• Determinación del Gasto o Ingreso por Impuesto a la Renta en la casilla 490
• Adiciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Deducciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Aplicaciones de Arrastre de Pérdidas Tributarias bajo el Método A) y B)
• Determinación y Aplicación de Créditos con y sin derecho a devolución
• Determinación del Saldo a regularizar a Favor del Fisco o Contribuyente
• Aspectos a determinar en Información complementaria

3) Docente
CPCC Dionicio Canahua.-

Director General PeruGestion. Gerente General en Asesoría Contable Personalizada SAC. Contador Público Certificado. Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT en el área de Construcción e Inmobiliaria. Expositor Invitado por Thomson Reuters – PERU Caballero Bustamante en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Libros Electrónicos. Docente Invitado a distintos Colegios de Contadores Públicos del Perú.

4) Calendario
Miercoles 11 y Jueves 12 de Marzo del 2020
Inicio: 07:00 pm Finalización 10:00 PM

6) Lugar
El evento se realizara en:
Av San Felipe -Jesus Maria-Lima

7) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 250 soles más IGV . Dicho pago le dará derecho a:

  • Material preparado para el evento
  • Certificado de Participación
  • Refrigerio

Para separación de vacante debe realizar un deposito de 50 soles y el saldo cancelarlo el día del evento. Una vez que haya realizado el deposito por separación debe enviar una copia de voucher o transferencia al correo perugestion@gmail.com indicando su Nombre y Apellidos para efectos de confirmación.

El depósito por separación lo puede realizar en la siguiente cuenta:
Cuenta Ahorros Scotiabank 039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular Dionicio Canahua Huaman

En caso de realizar la cancelación del total de la inscripción indicarnoslo al correo: perugestion@gmail.com

8 ) Informes
perugestion@gmail.com
Telefono: 635 9170
CEL : 992 632 853
WHATSAPP: 958 672 735

……………………………………
Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.

Consideraciones Técnicas.- El uso de una LAPTOP es opcional, en caso de traerla a la sesión requerimos coordinar la instalación previa de Software. Se les brindara a los participantes el material en formato impreso para el desarrollo del Taller.
……………………………………..

Taller Práctico: Elaboración del Formulario Virtual 710 Renta Anual (Reg. General y Reg. MYPE TRIBUTARIO)

1) Objetivos del Taller.-

  • El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Completa Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen General
  • El participante adquiere las destrezas necesarias para efectuar un óptimo llenado del Formulario Virtual 710 Versión Simplificada Impuesto a la Renta 2019 en una Empresa del Régimen MYPE Tributario

2) Temario

• Formas de Declaración según la Resolución 271-2019 SUNAT para Rentas de Tercera Categoría
• Obligados a Utilizar la Versión Simplificada del Formulario Virtual 710
• Obligados a Utilizar la Versión Completa del Formulario Virtual 710
• Situaciones para el uso del PDT 710
• Obligatoriedad del Uso del Balance de Comprobación
• Fechas de puesta de disposición de los Formularios Virtuales y PDT
• Cronograma de Vencimiento Declaración Anual
• Configuración e Instalación del Formulario Virtual 710
• Consideraciones para la RECTIFICATORIA de Impuesto a la Renta e Impuesto Temporal a los Activos Netos
• Aplicación Práctica de la Ley 28194 Art 9) Inciso g) ITF a regularizar por exceder del Límite del 15% sin medios de pago
• Implicancias en la Selección del Régimen de Renta
• Consideraciones sobre la elaboración del Balance de Comprobación
• Llenado de información en el caso de UN CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL SIN CONTABILIDAD INDPENDIENTE (operador y participe)
• Consideraciones en una Entidad que esta EXONERADA del Impuesto a la Renta
• Consideraciones en una Entidad que esta INAFECTA al Impuesto a la Renta
• Consideraciones en la Información vinculada a Donaciones realizadas por la Entidad
• Ingreso de Información asociada a Beneficios Tributarios
• Consideraciones en la Reorganización de Sociedades
• Consideraciones para el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) ¿Costo o gasto? ¿Aplicación posterior? Limites Normativos
• Implicancias en el Llenado del “Resumen de Estados Financieros” bajo Normas y Principios Contables
• Llenado del Estado de Situación Financiera bajo NORMAS CONTABLES – Reglas de Reclasificación
• Análisis de las casillas 361,362,364,365,367,380,381,382,383,404,405,407 y 408
• Llenado del Estado de Resultados bajo NORMAS CONTABLES
• Clasificación de las Ventas según su fuente en la casilla 461
• Determinación del Costo de Existencias y Costo de Producción en la casilla 464
• Llenado de las casillas 473,475,476 y 477
• Determinación de la Participación de los Trabajadores y su incidencia en la declaración anual
• Determinación del Gasto o Ingreso por Impuesto a la Renta en la casilla 490
• Adiciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Deducciones: Aplicación Práctica para la Determinación de Diferencias Permanentes y Temporales
• Aplicaciones de Arrastre de Pérdidas Tributarias bajo el Método A) y B)
• Determinación y Aplicación de Créditos con y sin derecho a devolución
• Determinación del Saldo a regularizar a Favor del Fisco o Contribuyente
• Aspectos a determinar en Información complementaria

3) Docente
CPCC Dionicio Canahua.-

Director General PeruGestion. Gerente General en Asesoría Contable Personalizada SAC. Contador Público Certificado. Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT en el área de Construcción e Inmobiliaria. Expositor Invitado por Thomson Reuters – PERU Caballero Bustamante en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Libros Electrónicos. Docente Invitado a distintos Colegios de Contadores Públicos del Perú.

4) Calendario
Domingo 8 de Marzo del 2020
Inicio: 10:00 AM Finalización 04:00 PM

6) Lugar
El evento se realizara en:
Av San Felipe 530
Jesus Maria
Referencia: El edificio queda al lado del Colegio los Alamos

7) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 250 soles más IGV . Dicho pago le dará derecho a:

  • Material preparado para el evento
  • Certificado de Participación
  • Refrigerio

Para separación de vacante debe realizar un deposito de 50 soles y el saldo cancelarlo el día del evento. Una vez que haya realizado el deposito por separación debe enviar una copia de voucher o transferencia al correo perugestion@gmail.com indicando su Nombre y Apellidos para efectos de confirmación.

El depósito por separación lo puede realizar en la siguiente cuenta:
Cuenta Ahorros Scotiabank 039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular Dionicio Canahua Huaman

En caso de realizar la cancelación del total de la inscripción indicarnoslo al correo: perugestion@gmail.com

8 ) Informes
perugestion@gmail.com
Telefono: 635 9170
CEL : 992 632 853
WHATSAPP: 958 672 735

……………………………………
Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.

Consideraciones Técnicas.- El uso de una LAPTOP es opcional, en caso de traerla a la sesión requerimos coordinar la instalación previa de Software. Se les brindara a los participantes el material en formato impreso para el desarrollo del Taller.
……………………………………..