Los Principios de Contabilidad y el Impuesto a la Renta ¿Por que no se usan las NIIF?

En el siguiente video realizamos comentarios sobre el Articulo 33 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, es importante precisar sobre los tipos de diferencias que se presentan en contraposición a lo señalado en la NIC 12. Pueden revisarlo por medio del siguiente enlace:

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¿Cuáles son todos los bonos que está entregando el Gobierno y cómo son las modalidades de pago?

El Gobierno aún está entregando una serie de subsidios de hasta S/760 para los hogares más afectados por la pandemia. Revisa aquí todos los detalles de estos apoyos monetarios.

El Gobierno continúa con la entrega de bonos para aquellos hogares que se encuentran en situación vulnerable debido a la crisis causada por la pandemia de la COVID-19.

A continuación conoce toda la información sobre estos subsidios con valores de entre S/160 y S/760, así como los tipos de beneficiarios que han sido elegidos para cada uno de estos:

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Bono de S/380 ‘Yo me quedo en casa’
El primer bono que se entregó, con un valor de S/360, se dirigió a unos 2.5 millones de familias en situación de pobreza, pobreza extrema o en riesgo de caer en ella.
Con la extensión de la cuarentena se amplió el bono a dos pagos de S/380 cada uno.
Para saber si eres uno de los beneficiarios que aún no ha cobrado puedes verificar en la página www.yomequedoencasa.pe o llamar a la línea gratuita 101.

El pago puede realizarse en un depósito en una cuenta del Banco de la Nación, en caso tengan cuenta; a través de la banca celular, con una clave recibida del número *551# del Banco de la Nación; mediante la app Tunki de Interbank; o a través de recojo en ventanilla.

Bono Independiente
Este segundo subsidio anunciado estaba dirigido a 800,000 hogares de trabajadores independientes en situación de riesgo debido a la pandemia. De acuerdo con la última información dada por el Estado, en total habrían 773,288 hogares beneficiarios. Hasta el momento más de 773 mil hogares ya han cobrado el subsidio.

El bono está dividido en dos pagos de S/380 cada uno, es decir, en total se están entregando S/760 a cada beneficiario.

Para saber si te corresponde efectuar el cobro puedes consultar en la web que se encuentra en el siguiente link: bonoindependiente.pe

Para los beneficiarios que ya tengan una cuenta en el Banco de la Nación, el bono ha sido depositado directamente a la cuenta.Pero, si no tienes cuenta en el banco puedes inscribirte en la web, colocar tus datos personales y número de celular en el que recibirás una clave secreta de cuatro dígitos y seguir los pasos que te indiquen.

El retiro en físico lo puedes realizar en los cajeros o agentes del Banco de la Nación.

Bono Rural
El bono rural, dirigido a 837,000 hogares en situación de pobreza y pobreza extrema en las zonas rurales, es de S/760 y se está entregando en un solo pago.

Para conocer si estas en la lista de beneficiarios puedes revisar en la web en el siguiente enlace bonorural.pe, donde deberás ingresar tus datos.

El Midis ha dispuesto que 375 Tambos o plataformas de servicios ubicadas en 21 departamentos del país, pongan sus redes de internet a disposición de más de 400 000 hogares para que puedan acceder a la página web y conocer de esta manera su modalidad de pago.

Bono Familiar Universal
El subsidio de S/760 está dirigido a aquellos hogares cuyos integrantes no perciban un ingreso superior a los S/3,000 mensuales durante el estado de emergencia. Inicialmente el Gobierno anunció que esta medida beneficiaría al 75% de hogares del país, es decir, unos de 6,8 millones de familias.

Cabe mencionar que en la lista de seleccionados para acceder al bono no se tienen en cuenta a aquellas personas que se encuentren en planilla sea pública o privada. Tampoco aplicará para los beneficiarios de los otros bonos.

En caso no hayas aparecido como beneficiario de el primer padrón y te hayas inscrito en el Registro Nacional de Hogares, entonces podrías recibir el subsidio en el segundo tramo que se está entregando desde el pasado 11 de agosto.

Hace unas semanas el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Midis aprobaron dos nuevos padrones. En el primero se calcula que son 1.8 millones de hogares beneficiarios del área urbana y para el segundo unos 770 mil hogares rurales beneficiados.

Para saber si eres uno de los beneficiados con este segundo tramo del subsidio debes ingresar a la web en el siguiente link: bonouniversalfamiliar.pe.

Si requieres mayor información sobre cómo cobrar el bono puedes ingresar a este enlace. Cabe recordar que, para cobrar este subsidio tienes plazo hasta octubre.

Segundo Bono Familiar Universal
El pasado 28 de julio el presidente Martín Vizcarra anunció la creación de un segundo bono de S/760 que beneficiará a unos 8.5 millones de hogares peruanos, ante el impacto económico causado por la pandemia de COVID-19.

Cabe mencionar que este bono es adicional a los otros que ya se están entregando. Este nuevo apoyo económico se entregará a quienes pudieron recibir el bono Independiente, el Yo me quedo en casa, Bono Familiar Universal y Bono Rural.

Recientemente el mandatario reveló que este subsidio se entregará a partir de septiembre. Para evitar aglomeraciones en los bancos se están evaluando alternativas para como pagar el bono en estadios y en establecimiento educativos

Además, también se anunció la creación de una cuenta DNI en la que los beneficiarios que no tengan cuenta en el banco puedan recibir su dinero de manera digital. Esta cuenta básica se creará de manera masiva, automática y gratuita sin la necesidad de firmar un contrato con la entidad financiera.

Bono de electricidad
El mes pasado el Gobierno anunció un subsidio de S/160 que busca garantizar el acceso a los servicios de electricidad y beneficiará a unos cuatro millones 994,142 de beneficiarios.

El subisdio monedario está dirigido a usuarios con un consumo promedio de hasta 125 kWh/mes entre marzo 2019 y febrero 2020, y no consumir más de 150 kWh/mes durante enero y febrero. Solo el 23% de beneficiarios serán de Lima.

Cabe mencionar que, la entrega no se hará directamente a las familias, sino que se entregará a la empresa distribuidora de electricidad para pagar el recibo.

El 27 de julio Osinergmin publicó el padrón de beneficiarios en la plataforma www.bonoelectricidad.pe

En caso tu hogar no se encuentre beneficiado, podrán solicitar ser incluidos, según la reciente resolución 096-2020-OS/CD emitida por Osinergmin. La empresa de energía eléctrica que les presta el servicio deberá evaluar el pedido.

Fuente: RPP.pe

Tarjetas de presentación

CPC Sergio Luna Montero
Innovarum SAC

Hace muchos años atrás, estaba dictando una pequeña charla de “Financiamiento para las PYMES” en el Ministerio de Trabajo. Serían unos 20 participantes, pero al fondo del auditorio había dos personas que siempre intervenían (un hombre y una mujer). Termine la charla (me esperón hasta el final), para conversar conmigo.

Sr. Contador, somos un grupo de inmigrantes e hijos de Ayacucho, que tenemos un sueño en común, queremos formar una Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC), hemos venido a esta charla con la intención de ver esta posibilidad, nos ha gustado lo que nos ha contado en su charla queremos contratarlo como nuestro asesor en el proyecto que queremos emprende r (sic).

Seguimos conversando, me comentaron que eran como 1000 socios, trabajan en un mercado muy grande, ellos estaban cansados de pagar a sus préstamos a: Bancos, financieras, CMACs, CRACs, EDPYMEs, etc. querían formar su propia institución financiera. Dentro de su plano arquitectónico, había un lugar donde pensaban edificarla.

Nosotros practicamos el ayni (ayuda entre los miembros de la comunidad), con mucho esfuerzo, sacrificio y trabajo hemos logrado sacar adelante el mercado, tenemos nuestros títulos de propiedad y pagamos los arbitrios municipales. Si le llevamos esta idea a nuestros socios (ellos nos van a apoyar), pero necesitamos de un joven profesional para sacar adelante el tema de nuestra propia Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC).

Nos despedimos, me pidieron mi tarjeta de presentación (no tenía hasta ese entonces). Mi teléfono lo apuntaron en las copias de la charla y se fueron. El compromiso, era que me iban a llamar esa misma semana (cosa que nunca hicieron). Lo que más lamento (y me sigo lamentando) era no tener una tarjeta de presentación de mi persona.

Siempre me quedo con la duda, si es que este grupo de emprendedores, hubieran podido cumplir con el sueño de tener su Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC). Tengo varios amigos de la universidad, que trabajan como analistas de crédito, en diversas instituciones financieras. Un día me encuentro con uno y le pregunte si esto era posible: Les van a pedir un montón de requisitos, no creo que los cumplan, pero si hay algo en claro es que “tienen su billete”. Por el trabajo sé que un grupo de comerciantes, tiene ese proyecto en cartera hace mucho tiempo atrás, pero hasta ahora no lo logran plasmar (me dijo).

Esta experiencia me llevo, a hacerme un millar de tarjetas de presentación. Desde ese día hasta, nunca dejo de llevar algunas. En cualquier momento, se me puede presentar otra oportunidad como esta.

¿Son importantes las tarjetas de presentación en nuestro trabajo?

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La condición de trabajo solo encaja con labor presencial

La naturaleza de las condiciones de trabajo, como alimentación, movilidad o uniformes, solo sería compatible con el ejercicio de las labores presenciales, mas no con la modalidad de trabajo remoto o con la licencia con goce de haber, a menos que en este último caso se hubiese pactado lo contrario.

Por lo tanto, el otorgamiento de estas condiciones, por más que se encuentre vigente, podría no cumplir su finalidad durante el estado de emergencia nacional.

Este constituye el principal criterio administrativo que se desprende del Informe Técnico N° 001197-2020-Servir-GPGSC, emitido por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) al responder la consulta formulada por la dirección general de una oficina de gestión de recursos humanos de una entidad del Estado.

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Fundamento

A criterio de la mencionada gerencia de Servir, toda condición de trabajo se caracteriza por no tener carácter remunerativo, pues no forma parte de la remuneración debido a que su otorgamiento no implica una contraprestación al servicio prestado, sino que más bien se entrega al servidor público para el cabal cumplimiento de la prestación de servicios.

Por ende, usualmente son en especie; si son entregadas en dinero, se destinan al cumplimiento de la prestación de servicios, añade.
Además, considera como otras características de las condiciones de trabajo que no generan una ventaja patrimonial o enriquecimiento al servidor, ni son de su libre disposición.

En esa línea, precisa que si las condiciones de trabajo no fueran indispensables para el cumplimiento de las labores y fueran entregadas al servidor para su libre disponibilidad, constituirían una ventaja patrimonial y no tendrían la connotación de condición de trabajo, sino que formarían parte de la remuneración o ingresos, configurándose así en un incremento remunerativo, lo cual está prohibido por las disposiciones presupuestales vigentes.

Sin embargo, la gerencia de Servir advierte que no se incluyen aquellas condiciones de trabajo otorgadas al trabajador para el desempeño de su labor dentro del puesto por el cual es contratado.

Ello en razón a que el otorgamiento de esta no representa un incremento patrimonial para él; por ejemplo, movilidad, viáticos, uniformes, permisos, licencias, capacitación, ambiente de trabajo y todo lo que facilite la labor del servidor para el cumplimiento de sus funciones.

Si la entrega de uniforme constituye una condición de trabajo, correspondería que este sea entregado a los servidores durante su jornada ordinaria de trabajo, siempre que se cumplan con las características de las condiciones de trabajo y solo bajo los términos pactados en la cláusula respectiva del convenio, la cual no puede ser sustituida ni modificada.

En consecuencia, las entidades públicas deberán evaluar caso por caso si la entrega de uniforme constituye una condición de trabajo, detalla la citada gerencia de Servir.

Conclusiones

Se concluye que si bien el otorgamiento de condiciones de trabajo (por ejemplo, alimentación, movilidad o uniformes) puede encontrarse vigente, podría no cumplir su finalidad durante el presente estado de emergencia nacional.

Ello toda vez que la naturaleza de dichas condiciones de trabajo solo sería compatible, en el cumplimiento de su finalidad, con el ejercicio de las labores presenciales de los servidores.

No serían compatibles con la modalidad de trabajo remoto o con la modalidad de licencia con goce de haber –en este último caso, salvo que se hubiere pactado lo contrario–, aspectos que se aplican durante el estado de emergencia nacional, subraya la gerencia de Servir.
Así, determina que en la administración pública el uniforme institucional es otorgado a los servidores públicos como una condición de trabajo, con prescindencia del régimen al cual se encuentran vinculados con el Estado.

Apunte

El artículo 6 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para los Años Fiscales 2017 y 2018, aplicable a las entidades de los tres niveles de gobierno, prohíbe el reajuste o incremento remunerativo, así como la aprobación de nuevas compensaciones económicas u otros beneficios, independientemente de su denominación, naturaleza o fuente de financiamiento.

Fuente: Diario El Peruano

La dinámica de las negociaciones colectivas

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Se recomienda una estrategia ad hoc y preventiva que controle los efectos negativos del conflicto.
Carlos Cadillo Ángeles
Consejero del Área Laboral de Miranda & Amado Abogados

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó recientemente el boletín Negociaciones colectivas en el Perú 2019, con data relevante que amerita revisar y tomar en cuenta para la gestión de los conflictos laborales colectivos y la elaboración de las estrategias de negociación, más aún en la coyuntura que afrontamos. En este destacan cuatro temas. Primero, se observa la preferencia por la solución directa entre el empleador y las organizaciones sindicales o los delegados de los trabajadores. De los 298 casos solucionados que se registraron el año pasado, 249 (84%) se efectuaron mediante la negociación directa; 39 (13%) en la etapa de conciliación, donde un conciliador, designado por la autoridad de trabajo, facilita la comunicación entre las partes y permite un espacio adecuado para que estas lleguen a una solución; 6 (2%) mediante el extraproceso, mecanismo que se activa luego de agotadas las etapas de negociación directa o conciliación, y que se realiza de forma similar a esta última; y 4 (1%) se resolvieron por arbitraje, es decir, mediante la decisión (laudo arbitral) de un tercero (árbitro o tribunal arbitral).

Segundo, se puede apreciar algunos meses con mayor o menor intensidad en la solución del conflicto. La mayor cantidad de casos solucionados estuvo en marzo (10%), junio (12%) y diciembre (11%); y la menor cantidad, en enero (4%), febrero (6%) y noviembre (6%). Cada negociación es particular y depende de la decisión de dos o más partes; por ende, no se puede vaticinar la fecha de solución. Sin embargo, la proyección de dicha intensidad es importante para elaborar o adecuar la estrategia (por ejemplo, la programación y el avance de las reuniones), considerando los factores internos (los antecedentes de la negociación) y externos (terceros interesados) que podrían alterar el desenlace natural del conflicto. Tercero, se mantiene la presencia de convenios colectivos con una vigencia mayor al año.

En el ámbito de Lima Metropolitana fueron el 14% de los convenios registrados; en las regiones, el 3%; y con alcance suprarregional o nacional, el 35%. Precisamente, como los conflictos de alcance nacional tienen una dimensión particular (por la cantidad y localización de los centros de trabajo y trabajadores, el valor y el despliegue de los derechos acordados, entre otros), en más de un tercio de los casos las partes acordaron plazos de vigencia de entre 2 y 4 años. Finalmente, en el 2019, se registraron 527 pliegos de reclamos (peticiones de los trabajadores que inician las negociaciones); restando los casos solucionados, quedaron 229 (43%) casos no resueltos. Esto refleja una cifra importante de conflictos activos, sin considerar las negociaciones no solucionadas en períodos pasados o aquellas que empezaron este año. Debido al difícil contexto económico, se prevé que las negociaciones serán de difícil solución; por ello, se recomienda una estrategia ad hoc, planificada, preventiva y especializada, que controle y mitigue los efectos negativos del conflicto en pro de la relación existente entre las partes.

Fuente: Diario El Peruano

Taller Virtual: Régimen Tributario en Empresas INMOBILIARIAS

El presente taller virtual se desarrolla en por medio de VideoConferencia. En el horario y fecha programada.

1) Presentación.-

La Construcción en el Perú es una de las actividades económicas más importantes del país. A lo largo de los años ha sido un medio de medición del bienestar económico nacional, debido por su capacidad de generar empleo ; asimismo debemos reconocer que la evolución de este sector está estrechamente ligada al desempeño de diversas industrias.

El presente taller tiene como objetivo que el participante desarrolle las capacidades para una Optima Gestión Tributaria en el Sector Inmobiliario

2) Temario.-

Impuesto a la Renta
El Devengado en las Ventas de Bienes Futuros (Ingresos y Costos) – ¿Es aplicable el articulo 58 de la Ley del Impuesto a la Renta? – Nacimiento de la Obligación para realizar los Pagos a Cuenta – Determinación del Impuesto a la Renta en Obras en Curso y Concluidas – Implicancias con la Modificación del Art. 57 de la Ley del Impuesto a la Renta (Decreto Legislativo 1425)

Impuesto General a las Ventas
La Primera Venta de un Inmueble realizado por el constructor – Habitualidad en la Enajenación de un Inmueble – Nacimiento de la Obligación Tributaria en la Venta de Bienes Inmuebles a Futuro ( Planos) – Determinación del Impuesto ( regla del 50%) -Venta de Cochera y Deposito -Exoneración de las 35 UIT – Criterios a considerar para la determinación del Crédito fiscal – Aplicación de la Prorrata

Detracciones
Definiciones: Operación y Proveedor – Operaciones sujetas al Sistema – Monto del Deposito – Sujetos obligados a efectuar el Deposito – Momento para efectuar el Deposito – Código del bien – Obligaciones asociadas al Notario

3) Participantes
El presente Taller esta dirigido a personal administrativo -contable de empresas inmobiliarias y profesionales interesados en el tema.

4) Docente
CPC Dionicio Canahua.-

Contador Público Colegiado. Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT . Expositor Invitado por Thomson Reuters – PERU Caballero Bustamante en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Libros Electrónicos. Docente Invitado a distintos Colegios de Contadores Públicos del Perú.

5) Calendario

Sesión INDUCTIVA: Una vez que se haya inscrito se le programa una sesión previa con la finalidad de coordinar el uso del software de video conferencia y requerimientos tecnicos en el equipo del participante.

Sesión VIDEOCONFERENCIA:

Lunes 24 y Martes 25 de Agosto

Inicio: 07:30 PM
Finalización: 10:00 PM

5) Metodología
El participante debe asistir previamente a la sesión inductiva (software de video conferencia y aspectos técnicos.)

El Taller esta desarrollado en formato de VIDEOCONFERENCIA en la hora y fecha programada para la sesión.

6) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 160 soles (Ciento sesenta 00/100 soles) (No Incluye IGV) . Dicho pago le dará derecho a:

  • Material en Formato Virtual ( PDF del expositor)
  • Certificado de Participación Virtual

Las Cuentas para realizar el pago son las siguientes:

BCP soles
193 – 98680252-0-20
Titular: Dionicio Canahua Huaman

BBVA Soles
0011 0184 0200670851
Titular: Dionicio Canahua Huaman

SCOTIABANK Soles
039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular :Dionicio Canahua Huaman

Una vez que haya efectuado el deposito sirvase enviar el voucher junto con sus datos (nombres y apellidos) al correo: eventos@perugestion.org o al Whatsapp: 958 672 735

7) Informes
eventos@perugestion.org
WHATSAPP: 958 672 735

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Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.
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