Dictan reglas para entrega de aguinaldos por Navidad

Los trabajadores del sector público tendrán derecho a recibir el aguinaldo por Navidad siempre que se encuentren laborando al 30 de noviembre y cuenten en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses.

Esto en aplicación del D. S. N° 349-2019-EF, que fija las condiciones y requisitos para el otorgamiento del referido beneficio por la suma de 300 soles y que deberá ser abonado en diciembre.

Lineamientos

También tendrán derecho a este beneficio los trabajadores del sector público en uso del descanso vacacional, aquellos que se encuentren de licencia con goce de haber o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Para acceder al citado beneficio, la norma exige contar en el servicio con una antigüedad no menor de 90 días al 30 de noviembre. De lo contrario, el monto abonado será de forma proporcional a los meses laborados, precisó el laboralista Brian Ávalos.

Respecto a los beneficiarios, detalló que dicha entrega corresponderá a los funcionarios y servidores del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944, a los docentes universitarios de la Ley N° 30220, al personal de la salud en el ámbito del Decreto Legislativo N° 1153, a los obreros permanentes y eventuales del sector público.

Además, al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el D. S. N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091; y a los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratos administrativos de servicios (CAS).

Para el magisterio nacional, el aguinaldo por Navidad se otorgará a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor a los 300 soles. Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, el beneficio es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo.

Mientras que tratándose de los internos de medicina humana y odontología, el aguinaldo asciende a 100 soles, precisó el laboralista César Puntriano Rosas.

De acuerdo con la norma, la percepción del aguinaldo por Navidad dispuesto por la Ley N° 30879, es incompatible con la percepción de cualquier otro bene?cio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del presente año ?scal.

La norma fue suscrita por el presidente Martín Vizcarra, y la ministra de Economía, María Antonieta Alva.

Fuente: Diario El Peruano

Sunat presenta nuevo diseño de su portal

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) pone a disposición de los contribuyentes su portal institucional, que tiene un nuevo diseño caracterizado por utilizar un lenguaje ciudadano claro y sencillo que permite comunicar de manera más simple, ágil y directa.

Esta nueva versión es el resultado del trabajo en equipo desarrollado con la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), como parte de la política del Estado para integrar sus portales institucionales hacia una plataforma digital única gob.pe.

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Para su elaboración se consideró una metodología basada en la experiencia del usuario, identificando las oportunidades de mejora e implementando un diseño validado por los propios contribuyentes y usuarios de comercio exterior.

Se consideran las líneas gráficas y colores de la plataforma gob.pe, la inclusión de un buscador y la ubicación de sedes por GPS.

Los trámites y servicios se dividen en tres segmentos: personas, negocios y empresas, y Aduanas, que muestran y actualizan los servicios en función de los más visitados.

Disponibilidad

Esta nueva versión está disponible también para dispositivos móviles, como smartphones o tabletas, lo que permitirá usarla en cualquier momento.

Fuente: Diario El Peruano

Sunafil verifica igualdad salarial en las empresas

A partir del envío de cartas circulares a los empleadores, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) inició operativos a escala nacional para verificar el cumplimiento de las normas laborales relativas a la igualdad salarial y a la cuota de trabajadores discapacitados, así como a la documentación de las empresas.

Para fiscalizar la igualdad y no discriminación salarial, la entidad supervisora solicita a los empleadores presentar los reportes de los datos de todo el personal, los cuadros de categorías y funciones, y la política salarial.

DocumentaciónRequiere, asimismo, la presentación de la guía utilizada para la elaboración de esos cuadros y política, la documentación que acredite la entrega de aquella política a los trabajadores y el cuadro de valorización de puestos.

Para la elaboración de este último, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) propone utilizar el Sistema de Evaluación de Puntos de Factor para la valorización.

Para constatar el cumplimiento de la cuota de trabajadores discapacitados, la Sunafil revisará los criterios para el cálculo de la estimación anual del número de trabajadores.

A la par que solicitará la relación de trabajadores ingresados a la planilla electrónica, los reglamentos internos de trabajo y los cargos que acrediten la entrega de estos documentos a los trabajadores.

Fuente: Diario El Peruano

Empresas deben sustentar a la Sunat gastos por canastas, pavos y panetones en Navidad

El gremio empresarial recordó que el impuesto IGV pagado por estos bienes que se obsequian a los trabajadores pueden deducirse como crédito fiscal.

Las empresas en el país deben sustentar ante la Sunat los gastos que realicen por la compra de canastas, pavos y panetones que entregan a sus trabajadores esta Navidad, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Fiestas navideñas

El gremio empresarial indicó quesi bien estos productos son entregados de manera gratuita a sus trabajadores, la autoridad recaudadora los considerada un gasto tributario.

“Son gastos tributarios para la empresa por cuanto cumplen con los principios de causalidad, razonabilidad y generalidad. Ello conforme al Art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta”, manifestó el gerente del Centro Legal de la CCL, Victor Zavala.

No aportan

Los obsequios de canastas, pavos, panetones, etc., no están gravados con aportes y contribuciones sociales (AFP; ONP; EsSalud) por cuanto no califican como “remuneración” para estos efectos (Art. 19 inciso d) de la Ley de CTS, por remisión del artículo 7° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Estos conceptos se deben considerar en la planilla de pago de remuneraciones del trabajador, en el rubro de conceptos “no remunerativos”.

¿Qué deben hacer?

La CCL recomendó a las compañías emitir una boleta de venta, toda vez que constituye una entrega de bienes a título gratuito. Esto conforme al Art. 8° numeral 8 del Reglamento de Comprobantes de Pago.

Asimismo recordó que la entrega de bienes a los trabajadores está gravada, o sea debe pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) por tratarse de retiro de bienes. Es decir podrán deducir los gastos como crédito fiscal.

El valor de los bienes entregados se considera renta de quinta categoría para el trabajador, según el Art. 34° inciso a de la Ley del Impuesto a la Renta.

Fuente: Rpp.pe

SBS modificó el Reglamento de Tarjetas de Crédito para evitar que peruanos se sobreendeuden

Estas modificaciones aplicarán para los nuevos contratos de tarjetas y para aquellos plásticos que deban renovarse o necesiten un duplicado. ¿Cuáles son los cambios?

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito para promover una oferta responsable de productos y servicios financieros y proteger a los usuarios.
Evitaría sobreendeudamiento

Mediante la Resolución N° 5570-2019, publicada en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la SBS busca evitar decisiones de compra impulsivas y evitar prácticas que promuevan el sobreendeudamiento de los peruanos, así como aportar una mayor transparencia en la etapa de contratación.

«Esta modificación tiene mayor relevancia dado el actual contexto de innovación tecnológica que viene transformando los modelos de negocio de los emisores de dichas tarjetas, lo cual si bien mejora la experiencia del usuario, también puede influir en su comportamiento», sostuvo en un comunicado de prensa.

Sin candados

Tampoco se podrán establecer limitaciones para la resolución del contrato de tarjeta de crédito.

Se ha establecido que si al momento de la solicitud de la resolución esta no fuera posible, la empresa debe bloquear la tarjeta e informar al usuario el plazo para completar la resolución; con lo cual se elimina la posibilidad de nuevos cargos desde la fecha de la solicitud, salvo aquellas deudas pendientes de pago u operaciones en tránsito.

Los cambios

Según la SBS estos cambios aplicarán desde hoy jueves para los nuevos contratos de tarjetas de crédito y débito y para aquellos plásticos que vayan a renovarse o para los duplicados que se emitan.

Se establece que cualquier financiamiento conocido como “línea paralela” deberá concederse de manera independiente y sin asociarse a la tarjeta. Con su propia documentación contractual e información periódica, sin perjuicio de que sus condiciones generales de contratación puedan incluirse en un contrato multiproducto.

También se modificó la definición tradicional de tarjetas de crédito y débito, es decir ahora se las reconoce como un instrumento de pago que puede tener soporte físico o representación electrónica o digital (por ejemplo, equipos móviles, dispositivos sin contacto o ‘stickers’).

Asimismo, las tarjetas de crédito podrán emitirse de manera innominada (sin los nombres y apellidos de los titulares), siempre que se emplee una clave secreta como factor de autenticación.

También se simplificó el contenido mínimo de los estados de cuenta de tarjeta de crédito, a fin que se destaque la información más relevante (por ejemplo: fecha de pago, monto de la línea, pago total del periodo y pago mínimo).

Asimismo, el estado de cuenta solo puede incluir información de las operaciones que se realicen con cargo a la línea de crédito de la tarjeta.

Para evitar fraudes y robos

El Reglamento modifica el esquema de habilitación de los servicios asociados a las tarjetas, tales como compras por Internet y consumos en el extranjero de manera presencial; y, en el caso específico de la tarjeta de crédito, de los servicios de disposición de efectivo y exceso de la línea de crédito.

La posibilidad de habilitar estos servicios debe ser informada al usuario, quien decidirá su activación; pudiendo modificar su decisión posteriormente. Las empresas que ofrezcan estos servicios deben informar a los usuarios las condiciones, riesgos y medidas de seguridad para su utilización.

Las entidades financieras deben brindar a todos los usuarios un servicio de notificaciones sobre las operaciones realizadas con sus tarjetas, pudiendo establecer mecanismos para que los usuarios las configuren (por ejemplo, según montos mínimos) y con la posibilidad de que estos soliciten su desactivación.

Fuente: RRP.pe

Tienes que vender

CPC Sergio Luna Montero
Innovarum SAC

Paquito, es un joven profesional que estudio administración de empresas en una universidad nacional de nuestra capital. No fue un alumno brillante, pero si se esforzaba en ser un buen alumno. Termino sus estudios, tenía que buscar trabajo (no conseguía). Siempre miraba en los diferentes diarios y buscaba oportunidades laborales. No había muchas oportunidades para los profesionales, pero sobraban oportunidades para los que trabajaban en el área de ventas.

Al verse, en tremendo apuro tuvo que tomar la crucial decisión de “dedicarse a vender“. Empezó en una distribuidora de abarrotes, su trabajo era ir a las diferentes tiendas de “Lima Norte” a ofrecer: Galletas, caramelos, gaseosas, snacks etc.; antes de entrar a trabajar a esta distribuidora, le hicieron esta pregunta: ¿Por qué quieres trabajar en el área de ventas? Quiero aprender de este mundo laboral, que es totalmente desconocido para mí (sic).

El empezó de vendedor de tiendas, luego como vendedor mayorista, paso a ser supervisor de vendedores y termino como Jefe Comercial de esta distribuidora. A mayor cargo, mayor responsabilidad y mejor sueldo. En esta distribuidora, trabajo cerca de diez años e hizo muchos contactos y relaciones laborales.

Un día cualquiera, estaba en su oficina y recibe la visita de un representante de una “empresa muy grande” de abarrotes y le cuenta, que necesitan de una empresa mayorista se encargue de distribuir sus productos en su zona comercial. Conocemos tu trabajo, sabemos que eres una persona muy correcta y sobre conoces el rubro muy bien. ¿Cómo hago para empezar? (le pregunto) tienes que contratar a un abogado y a un contador, para que te ayuden con la parte: Legal, laboral, tributaria, financiera, etc. pero sobre todo que te ayuden con el tema de las “cartas fianzas” que te vamos a pedir. Esta oportunidad, difícilmente la vas a volver a tener, acepta nuestra propuesta.

En un momento pensó desecharla, pero luego la acepto. Lo primero que hizo fue renunciar a su trabajo, para luego empezar a hacer su propia selección de personal para su nuevo emprendimiento. Estas fueron algunas cosas de las que hizo:

– Jalar a los mejores vendedores de la empresa en la que trabajo.
– Hablo directamente con el Jefe Comercial de una distribuidora de la competencia, para decirle que se venga a trabajar con él.
– Les dijo a sus contactos que había formado su propia empresa y que deseaba directamente trabajar con ellos.
– Busco a otras empresas para decirles que conocía el mercado de “Lima Norte” y que podían trabajar juntos.
Han pasado varios, desde que empezó su emprendimiento, su distribuida ahora es la más grande de todo “Lima Norte”. Una vez me dijo esto: “Todos los negocios venden (no hay ninguno que no lo haga), las ventas hacen que una empresa crezca, las personas que trabajan en esta área son los que generan los recursos para el pago de los administrativos, servicios, impuestos, gasolina, etc. para tener éxito en los negocios: Tienes que vender (no hay de otra).