Más de 3 millones de trabajadores recibirán este beneficio hasta el viernes.
El incumplimiento en el depósito de forma íntegra y oportuna de la compensación por tiempo de servicios (CTS) constituirá una infracción grave que podrá sancionarla con una multa de hasta 94,500 soles la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Así lo recalcó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), tras exhortar a los empleadores a que paguen oportunamente esa obligación a sus trabajadores, a fin de evitar contingencias futuras.Enfatizó, en este sentido, que las microempresas no están obligadas a brindar este beneficio de acuerdo con el artículo 50 del D. S. Nº 013-2013-Produce, que regula el régimen laboral especial de la micro y pequeña empresa.
En efecto, el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo establece que no depositar íntegra y oportunamente la CTS constituye una falta grave en materia de relaciones laborales, por lo cual, de verificarse la infracción por un inspector de trabajo, se procederá a aplicar la sanción pecuniaria respectiva.
Para las pequeñas empresas, estas multas van desde los 1,890 soles hasta los 18,900 soles; mientras que para las medianas y grandes empresas, la cifra de sanción mínima es de 5,670 soles y la máxima de 94,500 soles.
Las organizaciones
La cuantía de las multas dependerá del tamaño de la organización y del número de trabajadores involucrados en el incumplimiento.
Al respecto, el laboralista Germán Lora advirtió también que el empleador deberá entregar a cada trabajador la hoja de liquidación de la CTS dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito.“No brindar este documento en el plazo de ley y con los requisitos previstos constituye una infracción leve en materia de relaciones laborales que puede ser sancionada hasta con 56,700 soles”, aseveró el laboralista y miembro de Payet, Rey, Cauvi & Pérez Abogados.
Indicó asimismo que tienen derecho al depósito de la CTS los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que cumplan, por lo menos, una jornada mínima diaria de cuatro horas en promedio.
Mientras que los trabajadores del hogar y los del régimen de pequeña empresa tendrán derecho a 15 días de CTS por año laborado.
En el caso de los trabajadores del régimen agrario y los que hayan celebrado un convenio de remuneración integral anual (RIA), tienen incorporado el beneficio en su remuneración mensual, dijo.
“Como consecuencia de lo señalado, quedan excluidos los trabajadores ‘part time’; y por disposición legal, ni los trabajadores sujetos al régimen de microempresa ni los de contrato administrativo de servicios (CAS) tienen derecho a la CTS.
Añadió finalmente que para calcular el monto es necesario determinar la remuneración computable al 31 de octubre y el tiempo laborado en los últimos seis meses.
Empresas obligadas
Más de 288,949 empresas pertenecientes al sector privado deberán cumplir con el depósito oportuno de la CTS, estimó el experto y gerente senior de Taz & Legal de KPMG en el Perú Carlo Sarria. Esto, estimó, de acuerdo con el Anuario Estadístico Sectorial del MTPE del 2018.
Según la misma fuente, un total de 3 millones 443,069 trabajadores del sector privado también accederían al citado beneficio hasta este viernes 25.
Dijo asimismo que los trabajadores, hasta la fecha, están autorizados a disponer libremente del 100% del excedente de 4 remuneraciones brutas de los depósitos efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
Fuente: Diario El Peruano