Seminario: CREACIÓN, Organización y GESTIÓN exitosa de ESTUDIOS CONTABLES

1) Objetivo.-

La labor profesional del Contador Publico se realiza en dos ámbitos: dependiente e independiente. Las entidades requieren los servicios contables especializados en determinadas áreas que son atendidos por profesionales independientes, sin embargo muchas veces para atender estas demandas se requiere organizar diferentes recursos con la finalidad de lograr dicho objetivo.

El Outsourcing Contable en los últimos años ha crecido a la par que las empresas en el Perú, presentando nuevos retos que deben ser asumidos no solamente desde la perspectiva de un Contador sino más bien de Administrador.

Los participantes al termino del evento deben de:
1) Identificar los elementos clave para la organización de un Estudio Contable
2) Reconocer y solucionar los problemas vinculados a la Gestión Informática de un Estudio Contable
3) Elaborar y desarrollar planes de actualización acorde a las necesidades de sus clientes
4) Reconocer las Implicancias de la aplicación de las NIIF en sus organizaciones y las de sus clientes.
5) Reconocer las implicancias Contables y Tributarias de los diversos sectores económicos que enfrentan sus clientes.

2) Temario.-

Organización:

  • Elaboración del Plan de Negocio para un Estudio Contable
  • Clientes, Personal, Equipo y Alineamiento
  • Entregar y Recibir la Contabilidad : Físico vs Electrónico
  • Servicios que se brindan y Servicios QUE NO se brindan
  • Honorarios ( reglas)

Contabilidad:

  • Proceso Contable
  • Implicancia de las NIIF
  • Devengado: Ambito Contable y Tributario ( Decreto Legislativo 1425)
  • Teneduría de Libros ( Física vs Electrónica)

Informática:

  • Software Contable
  • Comprobantes de Pago Electrónicos
  • Libros Electrónicos
  • Niveles

Actividad Sectorial:

  • Necesidades
  • Ámbito Regulado vs No Regulado
  • Planeamiento Fiscal
  • Experiencias de Gestión

3) Participantes
El presente Taller esta dirigido a Personal vinculado al ejercicio contable independiente y profesionales interesados en el tema.

4) Docente
CPCC Dionicio Canahua.-

Contador Público Colegiado (UNSA). Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT en el área de Construcción e Inmobiliaria.

5) Calendario

Sabado 16 de Noviembre
Inicio: 02:00 PM
Finalización: 08:00 PM

6) Lugar
El curso se desarrollara en la Avenida San Felipe – Jesús María
7) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 250 soles más IGV . Dicho pago le dará derecho a:

  • Material preparado para el evento
  • Certificado de Participación
  • Refrigerio

Para separación de vacante debe realizar un deposito de 50 soles y el saldo cancelarlo el día del evento. Una vez que haya realizado el deposito por separación debe enviar una copia de voucher o transferencia al correo perugestion@gmail.com indicando su Nombres y Apellidos para efectos de confirmación.

El depósito por separación lo puede realizar en la siguiente cuenta:
Cuenta Ahorros Scotiabank 039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular Dionicio Canahua Huaman

En caso de realizar la cancelación del total de la inscripción indicarnoslo al correo  perugestion@gmail.com

8 ) Informes
perugestion@gmail.com
Telefono 635 9170
Cel : 958 672 735
Whatsapp: 958 672 735
Cel: 992 632 853

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Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.
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¿Cómo prepararte para la certificación PMP de manera gratuita?

Los directores de proyectos deben ser capaces de completar los proyectos empresariales en el tiempo adecuado y respetando el presupuesto asignado. Para demostrar sus capacidades, es necesario que tengan el certificado PMP.

Las organizaciones buscan profesionales que tengan la capacidad de dirigir y gestionar eficientemente sus proyectos. En el mercado laboral actual existen directores de proyectos altamente calificados para realizar dichas labores; sin embargo, aquellos que poseen la certificación PMP cuentan con un reconocimiento mayor de su expertise y conocimientos en dirección de proyectos.

La certificación PMP (Project Management Professional) es una credencial reconocida a nivel mundial que se otorga a los directores de proyectos mejor cualificados del mercado. El certificado, brindado por el Project Management Institute (PMI), demuestra la experiencia, formación y habilidad de los profesionales para gestionar proyectos empresariales.

Los directores certificados tendrán más posibilidades de recibir un salario más alto, así como mayores probabilidades de ascender en el mundo de la gestión de proyectos. Destacarán entre el resto de profesionales, por lo que les resultará más sencillo encontrar un puesto de trabajo atractivo.

Para obtener la certificación PMP, los directores de proyectos deben llevar a cabo un examen. Para obtener buenos resultados, es importante que los profesionales dediquen tiempo, planificación y todos los recursos a su alcance. Pueden prepararse tomando en cuenta los siguientes consejos claves:

1. Revisar el contenido del PMI

Conocer el esquema de contenidos del Project Management Institute ofrece a los directores de proyectos una visión general de todos los temas que pueden formar parte de la evaluación. Gracias a esa revisión, los profesionales pueden averiguar los tipos de preguntas que se incluirían en cada una de las áreas y los conocimientos requeridos para realizar el examen.

2. Establecer un plan de estudio

Después de revisar el contenido del PMI, es importante que los profesionales planifiquen las sesiones de estudio en las que se prepararán para el examen. También deberán incluir el listado de materiales de estudio, los recursos necesarios y el listado de actividades a realizar en cada sesión.

3. Estudiar la Guía PMBOK

La base del examen para obtener la certificación PMP es la Guía PMBOK. En ella están estipuladas la relación de las áreas de conocimiento, las mejores prácticas de gestión de procesos, las innovaciones de prácticas avanzadas y cada uno de los procesos aplicables en la gestión de un proyecto y que pueden ser tomados en cuenta en el examen.

4. Practicar con exámenes anteriores

Realizar una prueba de simulación con exámenes anteriores del PMI es de gran ayuda para los directores de proyecto. Permitirá que revisen su nivel de conocimiento y determinen en qué áreas necesitan esforzarse más para lograr la certificación.

5. Formar grupos de estudio

Los grupos de estudio permiten a los profesionales prepararse de diferentes maneras para el examen. Reunirse con otros expertos les permitirá resolver sus dudas, adquirir nuevos conocimientos y compartir experiencias útiles en gestión de proyectos.

6. Asistir a eventos o congresos del PMI

No necesariamente deben ser presenciales, sino también webinars o presentaciones virtuales. Al atender estos eventos organizados por el PMI, los gestores estarán actualizados en las últimas noticias, prácticas y tendencias en gestión de proyectos, lo que les puede ser de utilidad en la evaluación.

La experiencia y formación de los directores de proyectos son vitales para el logro de objetivos de las organizaciones. Es importante que estos profesionales estén certificados, ya que así comprueban que están preparados para gestionar y liderar proyectos empresariales de gran impacto.

Fuente: Conexión ESAN

Conozca los 21 principales cambios que afectarán los contratos laborales

Hoy en día, un trabajador puede aceptar que se pague en especies el 100% de su remuneración. Incluso si es con bebidas alcohólicas. La propuesta del Gobierno cambiaría esta situación y pone como límite un máximo de 30% de la remuneración total.

Javier Prialé
javier.priale@diariogestion.com.pe

Han pasado más de 23 años desde que se publicó el reglamento de la Ley de Fomento del Empleo (Decreto Legislativo 728) y desde entonces hubo diversas aplicaciones e interpretaciones de la norma, sobre todo en el ámbito judicial y constitucional.

Fue en enero de 1996 cuando se publicó el Decreto Supremo 001-96-TR, que está vigente hasta hoy y es el que regula las relaciones laborales en el sector privado

Ahora, el Gobierno busca actualizar este reglamento incluyendo las diversas interpretaciones que se dieron en el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. Prepublicó el proyecto de la norma y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recibirá opiniones y sugerencias durante los próximos 30 días.

“En un 70% y 80% se recoge lo que los jueces y el Ministerio de Trabajo venían resolviendo. Esta normativa se está transparentando y da más seguridad jurídica”, afirmó el laboralista, Jorge Toyama.


Fuente: Vinatea y Toyama

Hoy en día, un trabajador puede aceptar que se pague en especies el 100% de su remuneración. Incluso si es con bebidas alcohólicas. La propuesta del Gobierno cambiaría esta situación y pone como límite un máximo de 30% de la remuneración total y no se podría cobrar con bebidas alcohólicas, estupefacientes, sicotrópicos, estimulantes y similares.

Asimismo, precisa una serie de conceptos que no forman parte de la remuneración para ningún efecto legal. Entre ellos, las gratificaciones extraordinarias, bonificaciones por cierre de pliego, participación de utilidades de la empresa, la canasta de Navidad o similares, el monto de transporte, la asignación o bonificación por educación, entre otros.

En el proyecto de reglamento de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, se establecen reglas para que las empresas puedan despedir a los trabajadores por bajo rendimiento. La norma en cuestión señala la posibilidad de despedir a un trabajador por “rendimiento deficiente”, pero la evaluación para que esto suceda no estaba precisada.

Cambios en fiscalización laboral

El Ministerio de Trabajo ha prepublicado un proyecto de modificación de la ley general de inspección del trabajo, la cual regula el actuar de Sunafil al inspeccionar a empresas. Mediante esta ley crea el convenio de formalización para empresas con hasta 10 trabajadores.

Se propone que los empleadores con hasta 10 trabajadores que firmen al convenio de formalización deberán pagar la totalidad de beneficios adeudados a sus trabajadores en 12 meses.

Este convenio es un compromiso celebrado entre el empleador y la Sunafil para subsanar la situación laboral irregular de alguno(s) de los trabajadores de la empresa en un plazo de 12 meses.

Si el empleador cumple con esto, Sunafil no sancionaría a la empresa infractora, funcionando como un periodo de gracia de 12 meses para empresas infractoras.

Al reconocer al trabajador irregular mediante este convenio, el empleador deberá pagar al trabajador el “íntegro de remuneraciones y beneficios sociales” adeudados, con intereses.

Fuente: Diario Gestión

Anunciado aumento de la Remuneración Mínima Vital

César Puntriano Rosas
Abogado laboralista

El artículo 24 de la Constitución dispone que “las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores”.

En esa línea, el artículo 7.9 de la Ley de Organización y Funciones del MTPE (Ley Nº 29381) señala que tiene competencia exclusiva fijar y aplicar los lineamientos para la política de remuneraciones mínimas en el marco de la Constitución.

Dando cumplimiento al mandato constitucional, el año 2007 se acordaron criterios objetivos para el aumento de la RMV en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).

Estos comprenden variables de inflación y productividad, una periodicidad determinada (en el 2007 se dijo cada dos años), así como el contexto país (no recesión en el país, no aumento de informalidad o desempleo) y que la RMV no sea cercana al salario promedio del sector privado).

Ellos no fueron plasmados en norma alguna ni tampoco atendidos en el incremento ocurrido el año 2018. Además, mediante D. S. Nº 004-2018-TR se dispuso el aumento de la RMV en 80 soles para los trabajadores sujetos al régimen laboral privado, pasando de 850 a 930 soles desde el 1 de abril del 2018, salvo para aquellas microempresas inscritas en el Remype, en que se aplicó desde el 1 de mayo de ese año.

Hoy, nuevamente se ha puesto sobre el tapete a la RMV, ante el anuncio del presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, de incrementarla el primer trimestre del 2020.

La ministra de Economía ha señalado, de manera complementaria, que el aumento responderá a criterios objetivos y que se respetará lo que se acuerde en el CNTPE. La ministra de Trabajo ha manifestado que su sector ya cuenta con un rango definido para el aumento, después del debate entre trabajadores y empleadores.

Entonces, lo propio sería respetar los criterios del 2007 para fijar al aumento de la RMV, pues la fórmula es objetiva o, eventualmente, revisarla, dado el tiempo transcurrido (12 años) pero en el seno del CNTPE, previa activación de este.

Esperamos que el resultado sea objetivo, y no responda a la coyuntura que estamos viviendo.

Fuente: Diario El Peruano

Pago de indemnización y liquidación de Beneficios Sociales debe ser realizado por separado

En caso de despido arbitrario, el empleador deberá pagar la indemnización correspondiente en forma independiente a la liquidación de beneficios sociales, mediante cuentas separadas o por medio de consignaciones judiciales independientes.

Así lo dispone el proyecto del Reglamento de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral sometido a debate público por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y elaborado a tono con el Plan Nacional de Competitividad y Productividad Laboral (PNCPL).

Con ello, la propuesta reglamentaria recoge el criterio fijado sobre el tema por el Tribunal Constitucional (TC), comentó el laboralista César Puntriano Rosas.

No obstante, para el experto laboralista Elmer Huamán, este planteamiento zanja uno de los diversos temas sometidos a debate judicial, teniendo en cuenta que la Corte Suprema determinó que así se abonen ambos conceptos en una sola cuenta el despido resulta válido.

Propuestas

También se indica que la indemnización por despido arbitrario corresponde a trabajadores que laboran cuatro o más horas diarias para un mismo empleador, sean de dirección, confianza u otros trabajadores.

Este planteamiento, a criterio de Puntriano, no contraviene el criterio jurisprudencial de la Corte Suprema sobre este punto recientemente reiterado, pues se refiere al retiro de confianza y no al despido arbitrario.

Sin embargo, Huamán considera que de alguna forma en este punto la propuesta derogaría el criterio judicial vigente sobre este tema.En cuanto a la falta grave consistente en el abandono de trabajo, el proyecto señala que si el trabajador no sustenta su ausencia dentro de los tres días laborables de ocurrida, no estará impedido de hacerlo cuando formule sus descargos al preaviso de despido basado en dicha falta.

Esto constituye un cambio respecto a la norma anterior, pues se entendía que si el trabajador sustentaba las razones de su ausencia dentro del tercer día de ocurrida, cualquier descargo posterior era extemporáneo, indicó Puntriano.Respecto a la extinción del vínculo laboral se señala que el pacto entre empleador y trabajador para que este labore luego de cumplidos los 70 años puede ser expreso o tácito.

La Corte Suprema había señalado que el pacto debe ser expreso, señaló.

En esa línea, Huamán advirtió que el proyecto de reglamento contraviene en este punto la posición del supremo tribunal.Además, se fija un tope a la remuneración en especie del 30% de la remuneración total del trabajador.

“Este beneficio deberá ser apropiado para el uso personal del trabajador y de su familia, lo cual constituye también uno de los principales cambios”, detalló Puntriano Rosas.

Período de prueba

Otro de los principales cambios consiste en que se define al período de prueba como el lapso que permite al empleador evaluar si el trabajador reúne los conocimientos y aptitudes necesarias para el desarrollo de la labor encomendada, comentó Puntriano. Además, se establece que este período no puede lesionar derechos fundamentales del trabajador, lo que favorecería al personal que se sindicalice en este lapso, agregó Huamán.

También se prevé, acertadamente, lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1310, sobre la posibilidad de que empleador y trabajador utilicen su firma digital u otra modalidad de firma electrónica que identifique al firmante, detalló el laboralista Puntriano.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

Perú es parte del comité de asuntos fiscales de la OCDE

En atención y respuesta a los altos estándares internacionales alcanzados por el Perú en materia de política económica y fiscal, nuestro país fue admitido en el comité de asuntos fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

En dicho foro, junto a representantes de los ministerios de Economía y de las administraciones tributarias de sus países miembros, como Suiza, España, Brasil, Colombia, Argentina, Chile, entre otros, podrá discutir temas relacionados con la actualización de las reglas de tributación internacional.

De acuerdo con la Sunat, la evaluación de la OCDE se centró en la política económica y el régimen fiscal peruano. Anotó además que con este reconocimiento el Perú podrá participar directamente en la elaboración y evaluación de propuestas de mejora relativas a la tributación internacional y su impacto en la tributación de sus países.

Otros temas están relacionados con las acciones del Plan BEPS, el cambio e implementación de las guías sobre precios de transferencia, la adecuación de los convenios para evitar la doble imposición, entre otros.La Sunat informó, asimismo, que desde hoy se lleva a cabo en nuestra capital el 9° Foro LAC sobre Política Fiscal, promovido por la OCDE, destinado al análisis de los temas de fiscalidad en la economía digital para discutir sobre los desafíos que enfrentan en el diseño de la política fiscal y la recaudación de impuestos relacionados con este tipo de operaciones comerciales.

El certamen contará con la asistencia de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva; la jefa de la Sunat Claudia Suárez; junto a sus similares de Colombia, Argentina, Uruguay, República Dominicana, Paraguay, Guatemala y Jamaica, así como funcionarios de la Cepal, BM, BID, CIAT y de las agencias tributarias de España y Suiza.

El Foro LAC es un programa regional de la OCDE para América Latina y el Caribe que busca promover las mejores prácticas sobre fiscalidad internacional y reformas fiscales de cada país.

Sede regional

El Consejo de la OCDE designó al Perú como sede del Centro Regional de la OCDE para la Competencia en América Latina. La propuesta fue solicitada por el Perú, por medio del Indecopi, en la última reunión del Comité de Competencia de esta organización.

Así, nuestro país se convierte en el tercero elegido por la OCDE para constituir un Centro Regional de Competencia (RCC por sus siglas en inglés), uniéndose a los dos ya existentes en Corea del Sur y Hungría.

Fuente: Diario Oficial el Peruano

Taller Práctico : Régimen Contable y Tributario en IGLESIAS y SOCIEDADES RELIGIOSAS EVANGELICAS

1) Objetivo.-

El presente taller tiene como objetivo que el participante desarrolle las destrezas y habilidades para el llevado de una Contabilidad en las Sociedades e Iglesias Religiosas Evangelicas

2) Temario.-

Aspecto Tributario
+ ¿Asociación sin Fines de Lucro o Institución Religiosa?
+ Consideraciones para la creación de una Sociedad o Institución Religiosa
+ Problematica de adecuación de fines de de una Institución Religiosa Extranjera
+ Exoneración del Impuesto a la Renta
+ Situaciones que implican la pérdida de la exoneración del Impuesto a la Renta
+ Consideraciones sobre Asociaciones sin Fines de Lucro
+ Implicancias en la recaudación de Diezmos y Ofrendas
+ ¿Se debe informar en el Formulario Virtual 1679
+ ¿Se Debe de pagar IGV por las operaciones realizadas?
+ Alcances sobre el uso de Comprobantes de Pago
+ ¿Se debe presentar el Declara Fácil?
+ ¿Se debe presentar la Declaración anual del Impuesto a la Renta?
+ La Inscripción en el APCI y su vinculación con el IGV e Impuesto a la Renta
+ Implicancias sobre la realización de operaciones mercantiles ( Venta de Bienes y Prestación de Servicios)
+ Revisión de Criterios establecidos por el Tribunal Fiscal

Apertura
+ Apertura de Cuentas de Control de Recursos obtenidos
+ Criterios de Organización del Elemento 9
+ Criterios para la apertura del Presupuesto
+ Aplicaciones con la Cuenta Patrimonio Institucional
+ ¿Qué hacer con los Resultados Obtenidos en el Ejercicio Anterior?
+ Criterios de Organización del Elemento 9
+ Criterios para la apertura del Presupuesto

Operaciones
+ Contabilización de Operaciones Mercantiles (Venta de Bienes y Prestación de Servicios)
+ Determinación del Costo del Servicio Brindado
+ Contabilización de Compras ¿Dan derecho a Crédito Fiscal o Costo/Gasto o Prorrata?
+ Contabilización de Donaciones
+ Contabilización de Diezmos y Ofrendas
+ Criterios a considerar en el “devengamiento” de ingresos recibidos
+ Tratamiento Contable de la Devolución del Impuesto General a las Ventas
+ Tratamiento Contable de los Activos Fijos
+ Tratamiento Contable de la Diferencia de Cambio generada por los ingresos
+ Tratamiento Contable de los gastos operativos
+ Aplicaciones con la cuenta Patrimonio Institucional y Resultados Acumulados

3) Participantes
El presente Taller esta dirigido a Personal vinculado al área contable de instituciones y sociedades religiosas evangelicas y profesionales interesados en el tema.

4) Docente
CPCC Dionicio Canahua.-

Director General PeruGestion. Contador Público Colegiado. Egresado de la Escuela de Graduados (PUCP). Certificado en Normas Internacionales de Información Financiera (FULL) por The Institute of Chartered Accountants in England and Wales. Cuenta con una Especialización en Normas Internacionales de Información Financiera CENTRUM PUCP. Fue Instructor Invitado en el Instituto de Administración Tributaria SUNAT.  Expositor Invitado por Thomson Reuters – PERU Caballero Bustamante en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Libros Electrónicos. Docente Invitado a distintos Colegios de Contadores ( La Libertad, Cajamarca, Huanuco, Arequipa y Moquegua). Conferencista en las Convenciones de Auditoria (Audita 2011 y 2013). Ha desarrollado conferencias en diferentes universidades a nivel nacional (Universidad Nacional de Piura, Universidad San Pablo, Universidad Alas Peruanas, Universidad Nacional del Callao, Universidad Santiago Antunez de Mayolo)

5) Calendario

Lunes 11 y Martes 12 de Noviembre
Inicio: 07:00 PM
Finalización: 10:00 pm

6) Lugar
El curso se desarrollara en la Avenida San Felipe – Jesús María

7) Inversión
La inversión para participar en el Taller asciende a 250 soles más IGV . Dicho pago le dará derecho a:

  • Material preparado para el evento
  • Certificado de Participación
  • Refrigerio

Para separación de vacante debe realizar un deposito de 50 soles y el saldo cancelarlo el día del evento. Una vez que haya realizado el deposito por separación debe enviar una copia de voucher o transferencia al correo perugestion@gmail.com indicando su Nombres y Apellidos para efectos de confirmación.

El depósito por separación lo puede realizar en la siguiente cuenta:
Cuenta Ahorros Scotiabank 039-7296005
CCI 009-034-200397296005-00
Titular Dionicio Canahua Huaman

En caso de realizar la cancelación del total de la inscripción indicarnoslo al correo: perugestion@gmail.com

8 ) Informes

perugestion@gmail.com
Telefono 635 9170
Cel: 992 632 853
Cel : 958 672 735
Whatsapp: 958 672 735

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Importante.- Es prioritario, en el caso que usted haya efectuado un deposito, se comunique con nosotros para confirmar su vacante.No realizamos la venta de material impreso. La certificación esta supeditada a la asistencia al curso.
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