SUNAT Fija nueva modalidad para depositar detracciones

Desde hoy, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) pone en funcionamiento una nueva modalidad para el depósito de las detracciones que deberán utilizar los contribuyentes que efectúan esos trámites de manera presencial en las ventanillas del Banco de la Nación, con el propósito de hacerlo más rápido y evitar errores.

Conforme a la Resolución de Superintendencia N° 216-2019/Sunat, para efectuar la detracción primero se deberá registrar en Sunat Operaciones en Línea (SOL) la información del depósito por realizar.

Una vez registrada esta data se generará el correspondiente número de pago de detracciones (NPD), para después acudir al Banco de la Nación con este número a fin de cancelar el importe total del depósito o de los depósitos, detalló la entidad recaudadora.

Beneficios

Con el uso del NPD se optimizará el depósito de las detracciones que se efectúen en el Banco de la Nación, debido a que se reducirá la cantidad de errores cometidos al registrar los datos que después se consignan en las constancias de depósito.

Así, se agilizará el envío de la información a la Sunat de los montos depositados y se garantizará la información mostrada en las constancias de depósitos, precisó la Sunat.

Además, utilizando el NPD, se podrán efectuar hasta 30 depósitos en una única transacción bancaria, teniendo en cuenta que este número, otorgado por la administración tributaria, tiene una vigencia de cinco días, contados desde que se genera.

Procedimiento

Para cancelar el depósito de detracción en el Banco de la Nación, únicamente se proporcionará dicho número y el banco entregará el Formulario 1669 – Boleta de pago NPD como constancia de la transacción hecha, indicó la Sunat.

El depósito se podrá realizar en efectivo, mediante cheque del mismo banco, o cheque certificado o de gerencia de otras empresas del sistema financiero, así como por medio de transferencia de fondos desde otra cuenta abierta en el Banco de la Nación, distinta a las cuentas del sistema, de acuerdo con lo que establezca tal entidad.

A continuación, el contribuyente podrá visualizar y descargar su constancia del depósito efectuado en Sunat Operaciones en Línea, la cual podrá imprimirse y/o enviarse al correo electrónico que se indique al sistema.Para obtener más información sobre el NPD, se puede ingresar a http://www.sunat.gob.pe o comunicarse al (01) 3150730 (desde teléfonos celulares) o *4000 (desde celulares Claro, Entel y Movistar) y desde teléfonos fijos al 0801-12-100.

Definición

El sistema de detracciones, conocido como SPOT, es un mecanismo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste en el descuento que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, el cual, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta del Banco de la Nación para efectuar el pago de tributos, multas y pagos a cuenta.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

En vigencia nuevo régimen societario. Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (S. A. C. S.)

Catherine Docampo
Gerente Sénior del Área legal Corporativa de Pwc

Constituir una empresa puede ser un proceso largo y costoso, lo cual resulta perjudicial para el desarrollo productivo y empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, con la puesta en vigencia del Decreto Legislativo 1409 y su reglamento, se implementa un nuevo mecanismo que simplificaría el proceso de constitución y, como consecuencia, ahorraría tiempo y costos para los inversionistas.

Con la publicación del decreto legislativo y su reglamento se establecen los requisitos y procedimiento aplicables para la constitución de un nuevo tipo de persona jurídica denominado Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (S. A. C. S.). De acuerdo con lo regulado, solo las personas naturales podrán constituir una sociedad de este tipo en tan solo un día hábil, mediante un procedimiento digital simplificado e implementado por Sunarp, en el que no solo se reduce significativamente el tiempo invertido en el proceso, sino también los costos, pues, además de no ser necesaria la intervención notarial, la tasa correspondiente para el trámite virtual es de 18.70 soles.

La reducción de tiempo y costo es, sin duda, la principal ventaja del nuevo régimen societario, ya que el acto de constitución realizado con el Sistema de Intermediación Digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SID-Sunarp) se puede completar con la firma digital de los accionistas, mediante el uso del DNI Electrónico. Es decir, sin la necesidad de la emisión de una escritura pública ni de firmas manuscritas, como se exige en el caso de otras sociedades reguladas por la Ley General de Sociedades.

Además, para este tipo de sociedades, el directorio será facultativo y contará con todas las atribuciones previstas en la Ley General de Sociedades, con excepción de la facultad de convocar a Junta General de Accionistas, la cual solo podrá ser realizada por el gerente general. Asimismo, cualquier acto societario, posterior a la inscripción de la S.,A.,C.,S., se realizará conforme a las disposiciones y formalidades de la Ley General de Sociedades y a las características específicas que regulan a la Sociedad Anónima Cerrada.Finalmente, cabe resaltar que la entrada en vigencia de este régimen societario será en un plazo de 180 días calendario contados desde la publicación del reglamento del Decreto Legislativo 1409, tiempo en el cual Sunarp aprobará los formatos estandarizados, adecuará los aspectos técnicos del SID-Sunarp y fijará la posibilidad de acceder a la plataforma virtual de constitución de la S. A. C. S.

Fuente:Diario Oficial El Peruano

Sunat simplifica pago del impuesto selectivo al consumo

Nueva versión de formulario deberá usarse desde mañana

Con la finalidad de simplificar la declaración y pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes afectos a este impuesto, la Sunat aprobó una nueva versión del PDT N° 615, la misma que considera información detallada y ordenada que contribuye a optimizar la gestión de la información de este impuesto.

La Resolución de Superintendencia N° 217-2019/SUNAT establece que esta nueva versión estará a disposición de los interesados a partir de noviembre del 2019 en el portal institucional (www.sunat.gob.pe). Además, se facilitará la obtención del indicado PDT mediante las dependencias de la administración tributaria de todo el país.

Esta nueva versión del PDT N° 615 deberá ser empleada a partir de mañana independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

En caso de no pagarse el impuesto declarado en el PDT N° 615, el pago se podrá efectuar utilizando el Formulario N° 1662, con los códigos de tributo aplicables a partir del periodo tributario octubre del 2019, señalados en el anexo que forma parte de la resolución de superintendencia.

Para obtener mayor información sobre el PDT N° 615, los contribuyentes podrán ingresar a http://www.sunat.gob.pe o comunicarse al (01) 3150730 (desde teléfonos celulares) o *4000 (desde celulares Claro, Entel y Movistar) y desde teléfonos fijos al 0801-12-100.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

Multas por incumplir pago de CTS llegarán a S/ 94,500

Plazo legal para la entrega de este esperado beneficio vencerá el 15 de noviembre. El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios se hace en dos partes iguales: la quincena de mayo y de noviembre de cada año.

Los trabajadores que presten servicios durante una jornada –en promedio– mayor a las cuatro horas días, tendrán derecho a percibir compensación por tiempo de servicios (CTS).

Este beneficio equivale a una (1) remuneración mensual, cuyo depósito se realiza en la entidad financiera elegida por el trabajador (bancos y cajas de ahorro, principalmente).

“La compensación por tiempo de servicios fue implementada como una suerte de ‘seguro por desempleo’, en tanto el trabajador no puede disponer de la totalidad del importe depositado, sino hasta la fecha de extinción de su contrato de trabajo”, explicó Carlos Espinoza Carranza, miembro del Estudio Rebaza, Alcázar y De las Casas.

Sin embargo, a partir del 2015 se habilitó la posibilidad de que los trabajadores dispongan del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas; es decir, “siempre y cuando en la cuenta de CTS exista un importe no menor a cuatro sueldos, los trabajadores podrán retirar libremente cualquier exceso”, indicó el experto.

El depósito de la CTS se hace en dos partes iguales, en la quincena de mayo y de noviembre de cada año.

Sanciones

En este contexto, Espinoza Carranza detalló: “El incumplimiento en el pago de esta obligación configura una infracción calificada como “grave”, escenario en el cual las empresas podrían ser sancionadas con la imposición de multas que oscilan entre los 1,890 y 94,500 soles, dependiendo del tipo de empresa que incurre en la infracción (pequeña o común) y del número de trabajadores afectados.”

Adicionalmente a la multa, el empleador deberá pagar el monto correspondiente por CTS más los intereses que hubiera generado por no hacer oportunamente el depósito.

Los trabajadores a tiempo parcial (“part-time”) y los que presten servicios en una microempresa (siempre y cuando sus empleadores se hayan inscrito en el registro de la micro y pequeña empresa) no tienen derecho al pago de este beneficio.

Mientras que para el caso de los trabajadores sujetos a regímenes laborales especiales, como de la actividad agraria, portuario, construcción civil, pequeña empresa, trabajador del hogar y pesquero, los requisitos de percepción y metodología de cálculo de la compensación por tiempo de servicios se regulan bajo sus reglas, manifestó el experto laboralista.

Servicios de Sunafil

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puso a disposición de los trabajadores un nuevo sistema de consultas laborales en línea, que está alojado en el portal institucional (www.sunafil.gob.pe). Al respecto, los usuarios del referido sistema podrán elaborar sus consultas acerca de la normativa sociolaboral como contratos, jornada de trabajo, remuneraciones, gratificaciones, compensación por tiempo de servicios. También derechos fundamentales respecto a casos de hostigamiento, trabajo infantil, entre otros.

Trabajadores

Hasta noviembre del año pasado, el MTPE informó que dos millones 806,915 trabajadores del sector privado formal bajo el régimen laboral general (regulado por el D. Leg. 728) recibirán la compensación por tiempo de servicios.

Mientras que otros 103,208 trabajadores sujetos al régimen laboral especial de la pequeña empresa tendrían derecho a percibir como CTS el equivalente a media remuneración mensual aproximadamente por cada año de servicios prestados.

Fuente; Diario El Peruano